Problemas legales en odontología: cómo disminuir el riesgo

Por: Jacqueline Menchaca/blog/newsletter

Al estudiar Odontología, por lo general se piensa en atender exitosamente a numerosos pacientes, alcanzar prestigio profesional, hacer de la profesión un medio de vida suficiente, contribuir a la sociedad mediante la promoción de la salud bucal, contar con un consultorio propio, etc.

Sin embargo, rara vez se contempla la posibilidad de enfrentar una demanda. Quizá por ello se pasan por alto aspectos que parecen parte de la rutina diaria, pero que pueden derivar en conflictos legales con los pacientes; en citas que no ocurren en el consultorio, sino en la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED).

En México existe un marco jurídico básico que sustenta la responsabilidad médica legal que los prestadores de salud, y obviamente los odontólogos deben conocer. Este, se encuentra en:

Constitucional: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículos 1, 4 y 5.

Leyes Generales: Ley General de Salud y Ley General de Profesiones.

Reglamentos: Reglamento de Prestación de Servicios de Atención Médica.

Normal Oficiales: NOM 004-SSA3-2012 (establece los  criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del expediente clínico); NOM 013 SSA2- 2015 (Prevención y control de enfermedades bucales) Y NOM 024 SSA3 (regular los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, y establece los mecanismos para que los Prestadores de Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud registren, intercambien y consoliden información).

Si bien el abordaje de este tema es muy extenso, en general existen algunas pautas que, al desarrollarlas, se minimiza el riesgo de un proceso legal en contra de un prestador de servicios de salud, como lo es el odontólogo. Estas son:

1.- Tener bien claro que la responsabilidad profesional implica actuar con apego a la lex artis, comunicación y adecuada documentación.

2.- Prevenir conflictos legales implica principalmente:

* Elaboración correcta del consentimiento informado. Este es un documento importantísimo, que forma parte del expediente clínico, en el cual el paciente recibe información suficiente, clara y comprensible sobre su diagnóstico, el tratamiento propuesto, sus beneficios, riesgos, posibles complicaciones, alternativas terapéuticas, tiempos aproximados para el tratamiento, y las consecuencias de no recibirlo. El objetivo es que el paciente tome una decisión libre y voluntaria, se evidencie que existió la información y que hay una adecuada comunicación entre ambas partes: odontólogo-paciente.

* Manejo adecuado de expectativas: La responsabilidad profesional del odontólogo se ha vinculado tradicionalmente a una obligación de medios. Esto significa que el profesionista debe actuar con diligencia, pericia y apego a la lex artis, empleando los recursos diagnósticos y terapéuticos adecuados para cada caso; sin embargo, no puede garantizar resultados absolutos, ya que la evolución clínica depende también de factores biológicos y de la respuesta individual del paciente. 1

* Comunicación clara con el paciente. La falta de información, información errónea o incompleta, hacer promesas que no podrán cumplirse, percibir maltrato del personal de salud, son parte de los aspectos que se refieren ante la CONAMED. La ausencia de comunicación asertiva y empática también representan un problema que puede derivar en conflictos legales.2

* Elaboración del expediente clínico: punto clave. Considerado como la mejor defensa ante cualquier controversia. ¿La razón? Chequen:

A) Documenta la atención brindada

B) Evidencia decisiones clínicas.

C) Permite demostrar apego a lex artis.

D) Facilita continuidad del tratamiento.

E) Protege jurídica y profesionalmente.

Y es que este es el conjunto de documentos que registran la atención brindada al paciente. Por ello debe realizarse minuciosamente dado que en este se integrarán: ficha de identificación; historia clínica basada en entrevista; exploración; diagnóstico; plan de tratamiento; notas de evolución; estudios auxiliares; consentimiento informado; interconsultas, y documentos administrativos como presupuestos, comprobantes, registros de seguimientos, etc.

En cada procedimiento realizado, cada pago hecho, procedimientos adicionales, entre otros, debe existir la firma del paciente.

Toda la información relevante relacionada con la atención del paciente debe quedar registrada en el expediente clínico. Por ejemplo, si después de la exploración y el diagnóstico iniciales surge la necesidad de realizar un procedimiento adicional o modificar el plan de tratamiento, es indispensable informar al paciente sobre los motivos de dicha decisión, los costos involucrados y dejar constancia de ello en el expediente.

Errores comunes al elaborar el expediente clínico:

Consentimientos incompletos

Falta de firmas

Notas de evolución insuficientes

Ausencia de estudios diagnósticos

Expedientes incompletos

Documentos con tachaduras, rayaduras, etc.

Como vemos, la práctica odontológica moderna exige mucho más que conocimientos clínicos. La comunicación efectiva, la documentación adecuada y el apego a la normatividad son elementos indispensables para proteger tanto al paciente como al profesional. Después de todo, una atención de calidad no solo se refleja en los resultados clínicos, sino también en la forma en que se informa, registra y acompaña cada decisión terapéutica.

Fuentes: Conferencias magistrales de la Maestra en Derecho Tamara Taheli Cuadros V. y la CD Esquivel Ortiz Karen Alejandra, dictaminadora de la Sala Odontológica de CONAMED.AMIC Dental 2026.

1Gac. Méd. Méx vol.158 no.6 Ciudad de México nov./dic. 2022 Epub 20-Ene-2023

2 CONAMED. 23 agosto 2023.

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